¿Se ha lesionado en un accidente por resbalón y caída? No se salte el Estatuto de Limitaciones para presentar una demanda

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¿Se ha lesionado en un accidente por resbalón y caída? No se salte el Estatuto de Limitaciones para presentar una demanda

¿Se ha lesionado en un accidente por resbalón y caída? No se salte el Estatuto de Limitaciones para presentar una demanda

Aunque gestionamos muchos tipos de reclamos por lesiones personales en Oficina Legal de Fernando D. Vargas, uno de los tipos de lesiones más comunes son los accidentes por resbalones y caídas. Como abogados con experiencia en este campo, estamos familiarizados con los problemas legales típicos, pero también con algunos de los problemas menos comunes. Por ejemplo, si una persona espera demasiado para presentar su caso, es posible que cuando quiera hacerlo no tenga el derecho por culpa del estatuto de limitaciones, y este estatuto de limitaciones no siempre es el mismo.

Si se ha lesionado al caerse o al tropezar en la propiedad de otra persona o empresa, puede tener motivos para presentar un caso de lesiones personales. La mejor forma de averiguarlo es ponerse en contacto con Oficina Legal de Fernando D. Vargas al 909-982-0707. Estamos aquí para comenzar con una consulta gratuita durante la cual podremos informarle sobre cuáles son sus opciones.

Las generalidades sobre el estatuto de limitaciones en accidentes por resbalones y caídas

En términos generales, un estatuto de limitaciones se refiere a la fecha legal después de la cual un demandante ya no puede presentar una causa de acción ante un tribunal. Si la parte perjudicada espera demasiado, el tribunal puede desestimarla, incluso si tiene mérito y much, simplemente porque el caso no fue traído a tiempo. Esta es solo una de las razones por las cuales debe ponerse en contacto con un abogado de lesiones personales tan rápidamente después del accidente sea posible.

Los detalles del estatuto de limitaciones de California en estos casos

De acuerdo con la ley de California, la mayoría de las veces tendrá dos años para presentar una demanda en los casos de resbalones y caídas. Por ejemplo, si la parte culpable fue una agencia gubernamental, usted solo tiene seis meses para presentar una moción sobre su intención de entablar una demanda. Otra excepción sería una situación en la que usted no tuvo conocimiento de la lesión hasta después de que el estatuto de limitaciones haya pasado, como en el caso en que una persona estuviera expuesta al asbesto sin darse cuenta de que era peligroso. Estas excepciones podrían, potencialmente, alargar el estatuto de limitaciones.

Es probable que su caso llegue a un acuerdo, pero esto no significa que no necesite un abogado

La gran mayoría de los casos de resbalones y caídas con mérito se resolverán antes de que lleguen a manos de un juez o jurado. Dicho eso, sigue necesitando un abogado. Incluso si la compañía de seguros de la parte culpable le ha ofrecido un acuerdo, tenga en cuenta que es probable que no sea el mejor acuerdo posible. Es posible que le hagan una oferta rápida para evitar que descubra que su caso vale mucho más.

Antes de llegar a un acuerdo o si decide seguir adelante sin tomar acciones legales, le recomendamos que, al menos, solicite una consulta legal gratuita. Puede comunicarse con Oficina Legal de Fernando D. Vargas al 909-982-0707 para hacerlo.


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