Accidentes en premisas

Accidentes en premisas

Accidentes en premisas

Puede confiar en Fernando D. Vargas para obtener una atención personal incomparable y una representación efectiva después de un accidente en una premisa.

¿Se ha lesionado en la propiedad de otra persona? Puede que haya sufrido un accidente de resbalón y caída mientras compraba en el supermercado, tal vez se haya tropezado con un bordillo sin marcar en un estacionamiento o tal vez se haya caído por una escalera mal iluminada de un edificio de apartamentos.

Los dueños tienen el deber de mantener sus propiedades en condiciones razonablemente seguras para que estos tipos de accidentes y lesiones no sucedan. Cuando no cumplen con este deber por su propia negligencia, las víctimas lesionadas pueden y deben obtener una compensación.

El abogado Vargas puede ayudar, como abogado de accidentes de premisas

Fernando D. Vargas es un abogado de accidentes de premisas muy respetado, con más de 30 años de experiencia en esta área tan especializada de la ley de lesiones personales. Conoce los estatutos legales y el cuerpo de jurisprudencia que aplica a su caso, y puede aprovechar este conocimiento dentro o fuera de los tribunales para ayudarle a obtener la mejor resolución posible para su caso.

En las Oficinas Legales de Fernando D. Vargas encontrará un servicio personal incomparable. Nos preocupa sinceramente que su reclamo tenga éxito y trabajaremos diligentemente para asegurarnos de que reciba la cantidad completa y justa de la compensación que usted merece, sin importar el tipo de situación con el que estuvo relacionada su lesión:

  • Iluminación inadecuada
  • Pasillos inseguros
  • Estructuras inseguras
  • Condiciones peligrosas ocultas
  • Suelos mojados
  • Carreteras o caminos con hielo o nieve
  • Accidentes de resbalones/tropiezos y caídas
  • Seguridad inadecuada
  • Caída de objetos
  • Mantenimiento inadecuado en una tienda minorista
  • Fallas de ascensores o escaleras mecánicas
  • Fallas de puertas automáticas
  • Electrocución
  • Incendios
  • Derrumbes de edificios
  • Explosiones
  • Exposición a sustancias tóxicas
  • Accidentes en cruces de ferrocarril
  • Condiciones en zonas en construcción

Puede que se pregunte…

… ¿Cómo sé si tengo un caso?

Los dueños no son necesariamente responsables de todo accidente que ocurra en su propiedad. Para presentar un reclamo legal de compensación, primero debe probar que el dueño de la propiedad fue negligente. Esto requerirá demostrar que:

  • el dueño de la propiedad creó la condición peligrosa;
  • que el dueño de la propiedad tenía conocimiento de la condición peligrosa; o
  • que el dueño de la propiedad debería haber conocido la condición peligrosa porque, tomando el debido cuidado, una persona “razonable” la habría descubierto; y
  • que el dueño no eliminó ni reparó la condición; o que no avisó sobre la condición peligrosa, siempre que la advertencia hubiera hecho que la condición pasara a ser segura.

Para determinar si el dueño de la propiedad fue “razonable”, la ley de California se enfoca en si el dueño de la propiedad realizó esfuerzos regulares y completos para mantener su propiedad segura y limpia. Por lo tanto, su abogado de lesiones personales deberá determinar muchas cuestiones, incluyendo:

  • la causa de la condición peligrosa;
  • cuánto tiempo estuvo presente la condición peligrosa antes de que la víctima se lesionara;
  • si el dueño de la propiedad seguía un protocolo para inspeccionar regularmente la propiedad y descubrir cualquier condición insegura;
  • si el dueño de la propiedad tiene alguna prueba de que la propiedad fuera inspeccionada de manera regular y exhaustiva para encontrar defectos o condiciones inseguras; y
  • la última vez que el dueño de la propiedad inspeccionó las instalaciones antes de que ocurriera la lesión.

Es importante tener en cuenta que los propietarios no son necesariamente responsables de las lesiones derivadas de los peligros “abiertos y obvios”. Los tribunales de California han sostenido que cuando un peligro es tan obvio que se puede esperar razonablemente que las personas lo vean, la condición en sí sirve como advertencia y, por lo tanto, el propietario no tiene el deber de advertir sobre la condición. Pero la condición peligrosa “abierta y obvia” no es una defensa en todas las circunstancias, especialmente cuando la condición no se puede evitar. Los tribunales sopesarán el deber del propietario de mantener segura la propiedad con el deber de advertir. Sin embargo, el propietario todavía puede tener la obligación de remediar la condición peligrosa.

La forma más sencilla de descubrir cómo aplican estos principios legales a su caso es preguntar a su abogado especialista en accidentes. Puede confiar en Fernando D. Vargas para obtener una evaluación exhaustiva y precisa de la solidez de las pruebas en su caso para demostrar la negligencia del propietario.

¿Qué tipo de compensación puedo recibir?

Después de un accidente en un local, tiene derecho a mucho más que una recompensa para cubrir sus gastos médicos inmediatos. El dueño de la propiedad o su proveedor de seguros deben compensarlo por todas las formas en que su lesión ha afectado su vida y su futuro. Esto significa que puede obtener daños y perjuicios por:

  • Facturas médicas pasadas y futuras
  • Terapia de rehabilitación
  • Terapia física
  • Terapia ocupacional
  • Medicamentos
  • Salarios perdidos
  • Pérdida de la capacidad de ganancia
  • Dispositivos de asistencia y transporte
  • Dolor físico y sufrimiento
  • Angustia mental y emocional
  • Desfiguración
  • Incapacidad para realizar ciertas funciones
  • Pérdida de disfrute de la vida
  • Pérdida de consorcio (apoyo matrimonial y servicios)

Puede confiar en que Fernando D. Vargas se asegurará de que todos estos tipos diferentes de daños queden debidamente documentados y valorados, de modo que pueda obtener la compensación máxima por sus lesiones del accidente de premisas.

Llame ahora para una representación asequible

En las Oficinas Legales de Fernando D. Vargas, ofrecemos representación sin riesgo para que los servicios de un abogado especializado en accidentes de premisas en Rancho Cucamonga sean accesibles para todos. Si tiene fundamentos legales válidos para presentar un reclamo, lo representaremos sin cobro hasta después de que ganemos su caso. La consulta inicial es siempre gratuita, llame al 909-982-0707 ahora para hablar con el abogado Vargas sobre su accidente.

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