El estatuto de limitaciones para casos de lesiones personales en California

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El estatuto de limitaciones para casos de lesiones personales en California

El estatuto de limitaciones para casos de lesiones personales en California Gracias las series legales de la televisión muchas personas están familiarizadas con el término “ley de prescripción”. En pocas palabras, es el término utilizado para describir el tiempo que una persona tiene para iniciar una acción legal contra un malhechor. Si bien puede resultar frustrante para quienes quieren presentar una demanda, pero se dan cuenta que el estatuto ha expirado, existen razones para ello. Las razones más importantes son la seguridad y la eficiencia.

Tenga en cuenta que a medida que pasa el tiempo, es mucho más difícil obtener las pruebas necesarias para que una demanda por lesiones personales tenga éxito. Muchas personas ya no recuerdan los eventos con claridad y las pruebas físicas pueden haberse destruido. La ley también ayuda a proteger los derechos de aquellos que causaron el daño. Si bien la ley quiere penalizarlos de una manera oportuna, el estatuto de limitaciones asegura que no van a tener que pasar el resto de sus vidas en espera de que alguien presente una demanda. En Oficina Legal de Fernando D. Vargas no estamos aquí para defender esta postura. Nuestro único propósito en este artículo es establecer los hechos.

Plazo de prescripción para las demandas de lesiones personales en California

En California, la ley establece un estatuto de prescripción de dos años para las demandas por lesiones personales. Tenga en cuenta que la ley de prescripción inicia a partir de la fecha de la lesión en sí. Sin embargo, en California, al igual que muchos otros estados, existe una excepción importante: las lesiones que no se notan inmediatamente.

En algunos casos, especialmente en los accidentes de tráfico, puede tomar tiempo notar algunas lesiones. Tenga en cuenta que la ley no extiende automáticamente el estatuto de limitaciones a la fecha en que la parte perjudicada descubrió su lesión. La ley establece que el perjudicado tiene dos años a partir de la fecha de la lesión o un año a partir de la fecha en que descubrió la lesión – o debería haberla descubierto.

Esta es una distinción importante. Si a usted le toma diez años descubrir que el dolor en su pierna está relacionada con un accidente de tráfico, los tribunales tendrán que decidir si debería haberlo descubierto antes. Si deciden que debería haberlo sabido antes, no van a ampliar el plazo de prescripción. Sin embargo, si deciden que no lo podía haber descubierto antes, es probable que lo extiendan.

Hay otra excepción: una interrupción

Por último, hay otra excepción a la ley de prescripción. Se denomina interrupción y puede ser muy complicado. En esencia, tiene lugar en circunstancias muy limitadas que, por lo general, implican un acusado menor, un acusado que estaba fuera del estado o cuando una de las partes se declaró incompetente para proceder con el caso. Para determinar si la interrupción es una opción, tendrá que hablar con un abogado con experiencia en lesiones personales.

De hecho, si usted cree que tiene un caso – sin importar si la ley de prescripción ha expirado o si el accidente se produjo la semana pasada – su siguiente paso debe ser hablar con unabogado de lesiones personales. Llame a Oficina Legal de Fernando D. Vargas hoy al 909-982-0707 para su consulta legal gratuita.


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