¿Cuándo se puede demandar por dolor y sufrimiento en California?

Blog

¿Cuándo se puede demandar por dolor y sufrimiento en California?

¿Cuándo se puede demandar por dolor y sufrimiento en California?

Si se ha lesionado en un accidente en el estado de California, es posible que tenga motivos para presentar un caso de lesiones personales. Uno de los muchos tipos de daños que puede recuperar es el dolor y el sufrimiento. Para obtener más información sobre lo que esto significa y si califica o no, siga leyendo. Luego, póngase en contacto con Oficina Legal de Fernando D. Vargas al 909-982-0707 para obtener una consulta legal gratuita.

¿Qué es el dolor y el sufrimiento?

Cuando usted demanda o llega a un acuerdo por un caso de accidente, lo más probable es que reciba daños por pérdidas económicas como facturas médicas, daños a la propiedad y salarios perdidos. Lo más probable es que también reciba daños por las pérdidas no económicas, que podrían incluir dolor y sufrimiento. Esto requiere que su abogado de lesiones personales ponga un valor monetario en la angustia mental pasada y futura causada por la lesión.

¿Qué accidentes causan más dolor y sufrimiento?

Casi cualquier lesión podría potencialmente causar daños por dolor y sufrimiento. El ejemplo más común es una lesión física grave que causó dolor físico durante un largo período de tiempo después del accidente. Por ejemplo, una lesión en la cabeza en un accidente automovilístico. Si la persona involucrada tuvo dolores de cabeza y problemas emocionales durante meses, lo más probable es que sea elegible para el dolor y los daños sufridos.

¿Cómo se deciden el dolor y el sufrimiento?

A diferencia de los daños económicos, no existe un estándar establecido que deba usarse para determinar el dolor y el sufrimiento. Si un jurado tiene que decidir una cantidad, es probable que consideren una serie de factores que incluyen:

  • Qué tan grave es la lesión.
  • Cuántos años tiene la parte lesionada. Es probable que una víctima más joven obtenga una indemnización más grande porque es probable que los efectos duren más tiempo.
  • Cuan serio fue el sufrimiento.

No hay una manera específica de cuantificar el valor de estos casos. Como resultado, los jurados deben usar su mejor juicio para decidir cuánto otorgar. En algunos estados, existen límites de daños para evitar que se otorgue más de una cierta cantidad de dinero.

Una nota final sobre el dolor y el sufrimiento

De hecho, el dolor y el sufrimiento pueden otorgarse por angustia mental en ausencia de una lesión física, pero en la mayoría de los casos solo se otorga por el dolor mental o emocional causado por una lesión física. Como resultado, si una persona sufre miedo, vergüenza, ansiedad y otros daños emocionales, pero no ha sufrido lesiones físicas, es probable que solo se le otorguen daños por dolor y sufrimiento si su conducta es extrema.

Dicho todo esto, cada caso es único. Si cree que ha sufrido como resultado de un accidente, y cree que el accidente fue el resultado de la actuación negligente o imprudente de otra persona, entonces vale la pena hablar con un abogado para averiguar cuáles son sus opciones. Póngase en contacto con Oficina Legal de Fernando D. Vargas al 909-982-0707 ahora para solicitar una consulta legal gratuita.


  • Fernando Vargas

  • Recent Posts

  • Archives

  • Oficina Legal de Fernando D. Vargas Located at
    8647 Haven Avenue Suite 200, Rancho Cucamonga, CA.
    Oficina Legal de Fernando D. Vargas Logo Phone: 909-982-0707