3 razones para no tomarse las ofertas de asentamientos a la ligera

Blog

3 razones para no tomarse las ofertas de asentamientos a la ligera

Aceptar o rechazar una oferta de un acuerdo sin el asesoramiento de un experto podría perjudicar su posición

3 razones para no tomarse las ofertas de asentamientos a la ligeraSi usted ha resultado lesionado en un accidente que no fue su culpa, esto significa que la otra parte debe ser responsable de sus lesiones. A menudo, la otra parte emitirá una oferta de acuerdo para tratar de resolver su caso de lesiones personales sin la molestia y el gasto de ir a la corte. Si recibe una oferta así, es muy importante contar con un abogado de lesiones personales calificado como Fernando D. Vargas para revisarla. He aquí por qué.

Asegúrese de que la Oferta Sea Justa

En primer lugar, usted debe asegurarse de que la oferta del asentamiento es justa antes de aceptarla o rechazarla. Esta es la razón más obvia para consultar a un abogado con experiencia, ya que su abogado será capaz de proporcionar una estimación fiable del importe total de sus daños (incluidos los costes presentes y futuros), junto con una opinión informada sobre sus probabilidades de ganar su caso en la corte.

Evite el riesgo de responsabilidad por los gastos de defensa

Otra razón muy importante para contratar a un abogado para que revise su oferta de acuerdo es que rechazar una oferta justa puede conllevar más riesgo de lo que imaginas. Si rechaza una oferta justa realizada bajo el Código de Procedimiento Civil, sección 998 de California, y usted no gana su caso en la corte o usted gana menos de la cantidad ofrecida en el acuerdo, en realidad, podría terminar teniendo que pagar parte de costos de la defensa.

Evitar renunciar a los intereses previos

Un abogado también le puede ayudar a realizar contraofertas o emitir sus propias ofertas según el Procedimiento Civil 998. Esta es una actividad muy importante y vale la pena invertir en ayuda profesional. Si usted hace una oferta justa, la defensa la rechaza y luego, más tarde, gana un juicio más favorable en el tribunal, no sólo conseguirá que la defensa pague sus costos, sino que también puede obtener los intereses previos al juicio en su asentamiento. Estos intereses se devengarán a una tasa del 10 por ciento por año desde la fecha de la oferta 998 hasta que se satisface el juicio.

Recientemente, un Tribunal de Apelaciones de California emitió una resolución sobre el tema de los intereses previos al juicio que es importante que tengan en cuenta los demandantes de lesiones personales y los acusados.

El caso en cuestión era Bean vs Pacific Coast Elevator Corporation. En este caso, un coche chocó por detrás con el demandante (Bean) en un semáforo. El coche era de un empleado de Pacific Coast Elevator Corporation. El accidente de tráfico le causó a Bean lesiones graves. El abogado de Bean emitió una oferta legal por $999,999 dólares de mutuo acuerdo, pero los abogados de la parte demandada rechazaron la oferta y procedieron a llevar el caso a juicio. En el juicio, Bean obtuvo $1,271,595 dólares en daños compensatorios. Ello le dio a Bean derecho a otros $35,000 en costos.

Inicialmente, el tribunal ordenó que el interés se calculara sobre la totalidad del importe. Sin embargo, tras una apelación, el tribunal determinó que no era correcto. Con base en la redacción de la ley, el tribunal consideró que el interés sólo se aplica a los daños atribuibles a las lesiones personales. No se considerarán las cantidades por concepto de daños materiales, daños punitivos y costos.


  • Fernando Vargas

  • Recent Posts

  • Archives

  • Oficina Legal de Fernando D. Vargas Located at
    8647 Haven Avenue Suite 200, Rancho Cucamonga, CA.
    Oficina Legal de Fernando D. Vargas Logo Phone: 909-982-0707